En base a los anteriores razonamientos, este Juzgado Noveno de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara que en el presente caso no hay materia sobre la cual pronunciarse, porque no se llenan los supuestos exigidos en la Resolución 2011-0062 del 30 de Noviembre de 2011.
SEGUNDO: Ordena la inmediata remisión del presente expediente al Juzgado remitente, a los fines de que este último en su oportunidad lo remita a su tribunal de origen, esto es al Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.