ESTE TRIBUNAL SEGUNDO (2DO.) DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA intentada por la ciudadana YORELIS RAMONA CASTILLO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-13.162.680. SEGUNDO: Se DECLARA que entre los ciudadanos YORELIS RAMONA CASTILLO y el De Cujus ANTONIO JOSE CONCHO, ya identificados, existió una unión concubinaria, que comenzó el 29 de Junio de 2006 y culminó en fecha 23 de Noviembre de 2012, tiempo en el cual fijaron su domicilio en la Urbanización El Limón, S/N, calle Mariscal Sucre, Autopista Caracas- La Guaira, Sector Nuevo Día, PB, Casa Nº 51-A, Parroquia Sucre, Municipio Libertador. TERCERO: Se declara que los bienes y derechos habidos d.....