Este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos AQUILES JOSE MATA ROYETT y ROSA MARGARITA LADRON DE GUEVARA DE MATA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de identidad Nos. V-12.505.516 y V-13.140.190, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 01 de julio de 2011 ante el Registro Civil del Municipio Francisco Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, según se desprende del acta de matrimonio Nº 91, correspondiente al año 2011, la cual corre inserta a los folios 10 y 11 del presente expediente.