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DISPOSITIVA
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Undécimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Inadmisible la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano LUIS CORSI GUARDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-5.887.418, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 31.357, quien actúa con el carácter de Vicepresidente y apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPORACION 14498, C.A., domiciliada en Caracas, constituida según documento inscrito en las Oficinas del Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 16 de febrero de 2004, bajo el No. 17, Tomo 870-A, contra las decisión proferida el día 01 de octubre de 2013, por el JUZGADO S.....