CAPITULO II
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente señaladas, este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por el Abogado EDGAR CASERES QUINTANA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 50.881, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, contra la sentencia de fecha 20 de junio de 2019, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Remítase los presentes Autos al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de.....