Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 27 de noviembre de 2015, por la abogado TAILANDIA MÁRQUEZ RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la el acta de fecha 23 de noviembre de 2015 levantada por el Juzgado Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 1 de diciembre de 2015, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JOSÉ GERMAN GARCÍA CASTRO en contra de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, C.A.. SEGUNDO: Ho hay.....