Esta Juez del Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, declara PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA VENDER presentada por la ciudadana ZENAIDA GUEDEZ VIUDA DE DI RIENZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.156.279, debidamente asistida por la Abogado en ejercicio AMPARO ALONSO ESTEVEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 18.260, en representación sus hijos ANGELA ANDREA, XXXX, de dieciséis (16) años de edad, la primera de los nombrados ya alcanzó la mayoría de edad. En consecuencia, se AUTORIZA a la ciudadana ZENAIDA GUEDEZ VIUDA DE DI RIENZO antes identificada, para .....