Por las razones antes expuestas, esta Juez Unipersonal Nº 9 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos ROBERTO ANTONIO MARSICANO BOVO y PATRIZIA DI SILVIO LIBERATOSCIOLI, anteriormente identificados, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos el día 19/09/1998, ante la Prefectura del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda.-
Declararon los solicitantes que procrearon dos (2) hijos, que llevan por nombre (...) y (...), por lo que convinieron todo lo relacionado con la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar a favor de sus h.....