PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano abogado JULIO CÉSAR SAAVEDRA CHANG, en su condición de Defensor del Imputado LUIS ALBERTO GUEDEZ CARVAJAL, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de noviembre de 2007, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la cual ratificó la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano LUIS ALBERTO GUEDEZ CARVAJAL, titular de la cédula de identidad N° V-10.546.122, decretada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 22 de octubre de 2007, por la presunta comisión del delito de violación agravada, cometido en perjuicio de la niña (se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente), de conformidad con lo previsto en el artículo 437, literal "c", .....