Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada en fecha 18 de octubre de 2007, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial, todo en el juicio seguido por el ciudadano IGNACIO DIAZ, en contra del MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA (CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTE). SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano IGNACIO DIAZ, en contra del MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA (CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTE), ambas partes plenamente identificadas en autos. Se MODIFICA la decisión apelada.
Por la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.
Se ordena li.....