En tal sentido, esta juzgadora considera que todas la pruebas aportadas como anexo por la parte recurrente a la cual hace mención en su solicitud, fueron consignadas igualmente para comprobar los vicios alegados en la causa principal, en consecuencia, visto que la medida cautelar solicitada por la parte recurrente, está directamente relacionada con el controvertido de la presente demanda, más allá de no evidenciar los extremos de ley requeridos para su procedencia, es por lo que se declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de amparo solicitada. Así se decide.