DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos VANESSA LUCIA D´ORAZIO MARINO y JOSE MANUEL CAICEDO GARCIA, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos por ante el Registro Civil de la Parroquia San Pedro del Municipio Libertador del Distrito Capital, el 14/07/2007 según consta de acta de matrimonio N° 45 del año 2007.
Asimismo téngase por concluida la sociedad de gananciales que pueda haber existido dentro del matrimonio.-
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.-
REGISTRESE, PUBLIQUESE, Y DÉJESE COPIA.-