este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y para el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 177, parágrafo segundo, letra "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara CON LUGAR la solicitud formulada por la ciudadana OMAIRA MARGARITA SERRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.377.328, debidamente asistidas por la abogada DAMELYS ALCALÁ BOADA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 45.789, en beneficio de su hijo, el adolescente (Se omiten sus datos de identificación de conformidad con el artículo 65 LOPNNA). En tal virtud, se le concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL, a fin de que puedan gestionar el cobro de la alícuota parte que le corresponde.....