En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN planteada por los apoderados judiciales de la parte codemandada contra el Abogado Javier Castillo, Juez del Tribunal Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución. en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el Parágrafo Único del artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le impone a la parte actora recusante, LA TERCERA DE NAVEGACIÓN C.A., una multa equivalente a diez (10) Unidades Tributarias, la cual debe ser cancelada en el lapso de Tres (3) días hábiles siguientes a la decisión de la presente incidencia, por ante cualquier oficina receptora de Fondos Nacionales para su ingreso en la Tesorería Nacional, en tal sentido, el comprobante de pago debe ser consign.....