declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO del articulo 185 del codigo civil, en concordancia de las sentencias Nº 446 y 693, de la sala constitucional del tribunal supremo de justicia, interpuesta por los ciudadanos RAUL ALEJANDRO VALLE OBANDO Y MILAGROS DE JESUS GARCIA DE VALLE, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el día once (11) de Diciembre de 1980, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia el Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia en acta Nº 579, del Año 1980, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevado ante dicha autoridad.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certi.....