En este estado el Tribunal, deja constancia de lo expuesto por las partes y una vez precluya el lapso de ley, dará por terminada la presente causa y ordenara el cierre informático y archivo del expediente. Asimismo ordena agregar a los autos en cuatro (4) folios las copias simples de los cheques arriba indicados. Es todo, se leyó y conformes firman.