IMPROCEDENTE la oposición planteada por la abogada Elizabeth Suárez Rivas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 71.374, en su carácter de apoderada judicial del MINISTERIO PÚBLICO, contra la sentencia interlocutoria N° 025/2022, dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha (08) de junio del presente año, y mediante la cual se decretó el amparo cautelar por fuero paternal solicitado por el ciudadano JHONGLY ARMANDO RADA ILARRAZA, titular de la cédula de identidad Nº V-19.797.491 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 308.841, actuando en su propio nombre y representación, como parte querellante en la presente causa.