concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR, al adolescente (X), para que se traslade en compañía de la ciudadana NOHEMI BERLINDA VIOLET ALTAFULLA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° E-81.360.026; para realizar el viaje en compañía del adolescente de autos, el día lunes 20 de Diciembre de 2010 por transporte terrestre, desde la ciudad de Caracas, Distrito Capital de la República Bolivariana de Venezuela, hasta la República de Colombia, específicamente a la ciudad de Barranquilla y su respectivo retorno, el cual será aproximadamente el día 20 de Enero de 2011. Igualmente, la ciudadana MARLENE JUDITH LÓOPEZ VARGAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.508.224, deberá comparecer por ante este Tribunal en compañía de su hijo (X), el adolescente de trece (13) años de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-25.626.021, al primer día de despacho siguiente a que tenga lugar su .....