este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE REVOCA el dispositivo dictado en fecha 01/10/2012 y se ORDENA la SUSPENSIÓN de este juicio hasta tanto sea resuelto la cuestión prejudicial por ante el Máximo Tribunal de Justicia....".
Es así, como habiendo emitido pronunciamiento al fondo, considero que me he formado un juicio previo sobre el merito de la causa y, luego de reflexionar al respecto, discurro que he perdido la objetividad necesaria para decidir la misma.
Ahora bien, es oportuno señalar que tal como lo expresa el tratadista Rengel Romberg, el sólo hecho de haber sido designada Juez, me reviste de idoneidad, lo cual envuelve ciertas cualidades tales como, el conocimiento del Derecho, .....