Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 02 de mayo de 2011, por el abogado RAÚL VALLEJO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 29 de abril de 2011, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JOSÉ MANUEL RECIO ECHAINZ, en contra de las sociedades mercantiles INVERSIONES TOPY TOP, C.A., PIMA EXPRESS, C.A. y TRADING FASHION LINE DE VENEZUELA, S.A. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada r.....