Sobre la base de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, en la demanda que por prestaciones sociales ha incoado MILAGROS GUADALUPE TOVAR OJEDA, contra la empresa CONTINENTAL TV, C.A., ambas partes identificadas en autos. Asimismo, se ordena la devolución de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, para lo cual se ordena librar oficio a la Oficina de Deposito de Bienes. Finalmente, en virtud de la presente homologación, es inoficioso llevar a cabo .....