Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Décimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Niega la solicitud realizada por los ciudadanos Ángel Pineda Montiel y Yolianna De Jesús Rivas, cédulas de identidad Nº 6.974.830 y 6.029.071, respectivamente, actuando como miembros de la Junta Coordinadora del Proceso de Liquidación de la sociedad mercantil Inverunión Banco Comercial, C.A, en virtud de que el Poder Judicial sí tiene Jurisdicción para seguir conociendo de la presente causa. Así se decide. Se ordena notificar mediante boleta a las partes. Líbrense boletas de notificación.-
La Juez,
La Secretaria,
Abg. María Mercedes Millán
Abg. María Veruschka Dávila