Así y en aplicación de lo dispuesto en el mencionado texto normativo y por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho ni al orden público, teniendo el apoderado judicial de la parte demandada facultad expresa para convenir en el Desistimiento del Procedimiento (folio 104 del expediente), es por lo que este Tribunal declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por la ciudadana GIOCONDA GONZALEZ contra la FUNDACION CARACAS (FUNDACARACAS), plenamente identificados en autos, ordenando en consecuencia el cierre y archivo del expediente. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTENCIA y NOTIFÍQUESE AL SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, a los Dieciocho (18) días del mes de .....