Esta Juez Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGO, de conformidad con lo establecido en los artículos 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, presentado por la ciudadana GLADYS CARIBA, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes acreditado bajo el N° 366, por el Consejo Municipal de Derecho de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador en representación de la Defensoria de Niños, Niñas y Adolescentes N° 034,; y suscrito por los ciudadanos JOHNNY JOSE ALGARIN RAMIREZ y JENNY LAURA NOGUERA FERNANDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.871.490 y V-16.722.032, respectivamente.