Por las razones expuestas este Juzgado Superior Estadal Primero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, por los abogados María Meide Rodríguez Da Silva, Zulmaire González, Carmen Giménez, Margarita Cumare, Dorelis León, Héctor Rangel, Arlette Geyer Alarcón, Andreina Chang, María Beatriz Araujo, Miralys Zamora, Richard Peña, Roberta Núñez, Mildred Rojas, Evelyn Briceño, Mariela Pernía, Ricardo Da Silva, Alfredo Nicolás Orlando, Samantha Álvarez, Javier Saad, Vanessa Santos Huen, Joaquín Dongoroz, Desireé Costa Figueira, María Alejandra Ancheta, Gastón Cisneros Henríquez y Verónica Flores, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 66.632, 79.680, 7.404, 37.140, 74.800, 108.244, 84.382, 98.531, 49.0.....