V
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO DÉCIMO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la falta cualidad actividad e interés jurídico procesal en la persona de la demandante, ciudadana MARIA DE LA CRUZ SANCHEZ DE FERREIRA, y la inepta acumulación de pretensiones opuesta por la representación judicial de la parte demandada, ciudadano PATRICIO DEL CARMEN VIVAS MORALES;
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la ciudadana MARIA DE LA CRUZ SANCHEZ DE FERREIRA en contra del ciudadano PATRICIO DEL CARMEN VIVAS MORALES, identificados en la parte inicial del presente fallo;
TERCERO: Se ordena a la parte demandada a entregar a la parte actora, el bien inmueble constituido por un local comercia.....