En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanos Mariela Del Valle Velásquez Querales y Miguel Ángel Barrios Echenique, plenamente identificados en autos, declarándose por consiguiente DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos el día 15 de de septiembre de 1990, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el acta inserta en el N° 273, del Libro de Matrimonios correspondiente al año 1990, llevado por dicho Despacho.
Ofíciese lo conducente al Registrador Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registrador Principal del Distrito Capital, y al Consejo Nacional Electoral (CNE), a los fines legales consiguientes.
Liquídese la comunidad con.....