Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de cumplimento de contrato de compromiso de opción de compra-venta ejercida por la sociedad mercantil INVERSIONES CUPI, C.A., contra la sociedad mercantil PROYECTO 309, C.A., antes identificadas, por lo que se ordena protocolizar el contrato de compraventa definitivo sobre los siguientes inmuebles (...) SEGUNDO: Se condena a la demandada a dar cumplimiento al compromiso de compra-venta contenido en el contrato autenticado ante la Notaría Pública Trigésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 28 de noviembre de 2012, anotado bajo el No. 28, Tomo 172 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría; pagar las deudas que existieran sobre los inmuebles, fuesen éstas particulares o con organi.....