Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: UNICO: SE NIEGA, la solicitud de medida innominada, solicitada por la abogada CARMEN MARÍA TRENARD. inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.144, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadanos NELSÓN JESÚS GONZÁLEZ VILLAMEDIANA y MARÍA FERNANDA RODRÍGUEZ DE GONZÁLEZ (ampliamente identificados en el encabezado del presente fallo).
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del 2013. Años 203° y 154°.