TERCERO
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en función de Control Nº 2. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al adolescente Identidad omitida, por razones de Ley, debidamente identificado UT Supra, a cumplir la sanción de AMONESTACION, establecida en el artículo 623 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de Homicidio Intencional en grado de Tentativa, previsto en el artículos 405 en relación con el 80, primer aparte de Código Penal, en Grado de Complicidad, conforme al artículo 84, ordinal 3° del mismo Código, cometido en perjuicio del ciudadano Alberto José Olivera Campos, ampliamente identificado. 2) Se Decretara en cese de la Medida Cautelar la cual se le fue impuesta y se declara sin lugar la Medida solicitada .....