este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte oferente en la presente oferta de pago, las cuales se desprenden de copia instrumento poder autenticado consignado al folio 4 al 6 de autos, y por cuanto la referida transacción no vulnera los derechos del extrabajador EDIZON ENRIQUE PADILLA CORREA le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON UN CENTIMO (Bs. 7.678,01), mediante un (01) cheque librado contra el Banco Provincial, a su nombre, distinguido con el número 00014363, de fecha 22/01/2014, por los conceptos laborales de Pago de Prestaciones Sociales, Intereses sobre la Prestación de Antigüedad y Moratorios, Indemnizaciones, diferencia de Prestación de Antigüedad, V.....