"El Tribunal vista la exposición hecha tanto por la notificada y su abogado asistente como por la Apoderada Actora, y por cuanto efectivamente el inmueble indicado en el Despacho como habitación anexa a la parte superior de la Quinta AQUÍ, presenta las dependencias descritas por las personas arriba citadas, es por lo que este Tribunal, a los fines de no incurrir en errores o excesos al momento de ejecutar la comisión encomendada, se abstiene en este acto de llevar a cabo la comisión encomendada; pero por otra parte, en aras y ejercicio de la tutela judicial efectiva, se ordena consultar al Tribunal de la Causa, sin que ello de manera alguna implique que se analice la inteligencia de la comisión, la viabilidad de ejecutar la Entrega Material con los elementos nuevos aquí mencionados."