En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente demanda de Obligación Alimentaría, presentada por la abogado LEFFY RUIZ MEDINA, Fiscal Centésima Segunda del Ministerio Público, actuando en defensa del interés superior de los adolescentes (x) siendo su representante legal la ciudadana ANAIN COROMOTO SARMIENTO COVA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.627.614, en contra el ciudadano LUIS ENRIQUE MIJARES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.526.589, cuyos razonamientos se dan aquí por reproducidos de la motiva del presente fallo. Líbrese lo conducente. Cúmplase con lo ordenado.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio I del Circuito Judicial d.....