Se dictó decisión mediante la cual este Juzgado en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 11 y 15 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso a los fines de salvaguardar el derecho a la defensa, un derecho fundamental, autónomo, ligado al debido proceso, con el fin de lograr una sana administración de justicia, en conformidad con los establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 15, 206, 212 y 215 del Código de Procedimiento Civil, ordenó la citación de los ciudadanos LIGIA MARGARITA GARCÍA MONTILLA, PEDRO JOSE GARCIA MONTILLA y FRANCISCO JAVIER GARCÍA MONTILLA, a fin de que comparezcan por ante este Tribunal DENTRO DE LOS VEINTE (20) DÍA DE DESPACHO SIGUIENTES A LA CONSTANCIA EN AUTOS DE LA ULTIMA CITACIÓN QUE DE ELLOS SE PRACTIQUE, para de que den contestación a la demanda, y se ordenó tener el presente auto como complemento del auto de admisión.