DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuatro (4º) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública del ciudadano Andrés Estaban Lefont Vera, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Trigésimo Primero (31º) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, previa admisión de los hechos lo condenó a Cuatro Años (4) y Seis (6) Meses de Prisión, por la comisión de delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO, previsto y sancionado en el articulo 319 en relación con el articulo 322 del Código Pena, y en consecuencia se Anula la Audiencia Preliminar realizada en fecha 24 de Mayo de 2006 y todos los actos subsiguientes exceptuando la presente decisión, de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal,.....