Se declara Preventivamente Embargadas la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO TREINTA Y SIETE BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs.1.924.137,10), contenida en la cuenta corriente ante señalada y ordena a la Entidad Bancaria, resguarde las cantidades embargadas en la cuenta litigio para tal fin hasta tanto el comitente decida lo conducente. Acto seguido, el notificado, indica que se elaboró cheque de Gerencia N° 26770930 por la cantidad embargada, a nombre del Tribunal de la causa, el cual queda en custodia de la entidad Bancaria y a la orden del Tribunal comitente, dicho cheque se libra motivado a que el sistema bancario de bancaribe sólo bloquea la cantidad embargada por treinta (30) días. Seguidamente, los apoderados de la parte actora, solicitan se anexe copia del cheque de gerencia a la presente acta. El Juez Ejecutor, ordena agregar a la presente acta copia simple del cheque de Gerencia constante de un (1) folio útil.