se declaró PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de junio de 2016, por parte de la abogada IVETTE ELENA RIVERO P., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 70.641, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ROSANNA MARYAM DEL VALLE ALBANO FARIAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.711.492, contra la decisión dictada en fecha 23 de mayo de 2016, por el Tribunal Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial en el asunto principal de Autorización Judicial para Tramitar Visa signado bajo el N° AP51-J-2015-009334, el cual fue presentado por ciudadano MIGUEL HUMBERTO LÓPEZ GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.387.046, en beneficio de los derechos e intereses de la niña, actualmente de ocho (8) años de edad