DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 21 de julio de 2008, por la abogada Marbella de Tescari, Defensora Pública Penal Cuadragésima Tercera de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensora del ciudadano Centeno Flores José Miguel, titular de la cédula de identidad Nº 8.354.126, quien recurrió conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 15 de julio del corriente, por el Juzgado Quincuagésimo Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso a su defendido medida cautelar sustitutiva de libertad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 256.3.4 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y déjese copia de la presente decisión.