Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia Y Medidas del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano GUAIFEL HUMBERTO LOPÉZ, titular de la cédula de identidad número V-23.925.396, de nacionalidad Venezolano, de 22 años de edad, estado civil: Soltero, Natural de Caracas, Residenciado en: Propatria Sector Brisas de Propatria. Municipio Libertador. Avenida Principal. Casa de Tres Pisos; de conformidad con lo preceptuado en el artículo 236 numerales 1, 2 y 3, en concordancia con los artículos 237 numerales 2, 3, parágrafo primero; 238 numeral 2, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del artículo 67 de .....