En merito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. SE ADMITE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Interpuesto por el Abogado RAMON VARGAS MEZONES, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 15.293. actuando en su carácter de apoderado judicial del Ciudadano TOMAS ELORZA RADA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad N° 979.819 contra la Resolución N° 171 emanada de la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital de fecha 20 de Febrero del año 2008.
Procédase a la citación del Sindico Procurador del Municipio Libertador, del Alcalde del Municipio Libertador, a la Directora de Urbanismo del Municipio Libertador y al Fiscal General de la Republica mediante oficio, Notifíquese mediante boleta a todas las personas que de acuerdo con el mismo hayan sido parte del procedimiento, de conformidad con la .....