Este Tribunal declaró: PRIMERO: DESISTIDO el derecho de la retasa, y FIRME el monto de los honorarios profesionales estimado por los ciudadanos OSWALDO ARANDA CLAVO y ROBERTO BARROETA LEONARDI, contra el INTIMADO, el ciudadano JEAN SIMÓN DALATI HAJJAR, en Bs. 7.620.000,00, por las actuaciones judiciales que describen y detallan en el escrito de demanda en los folios 11 al 20, ambos inclusive, las cuales se dan por reproducidas, en el presente juicio por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES. SEGUNDO: IMPROCEDENTE, la indexación o corrección monetaria.