Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido, por los abogados OTTILDE PORRAS COHEN y DOMINGO ALBERTO MARCANO ROJAS, inscrito en el Inpreabogado N° 19.028 y 17.686, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, ciudadano ALAIN GEORGES GUISEPPE MAZZOLA RAVIER, contra el auto de fecha 21 de noviembre de 2022, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que admitió las pruebas promovidas por la parte dema.....