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Decisiones del dia 20/04/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-V-2014-001334 N° Sentencia : Fecha: 20/04/2015
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
ANTONIO CARRILLO Y LEOPOLDINA BURGOS VS JOSÉ GREGORIO ARNAL
Resumen:
Se dicto sentencia interlocutoria mediante el cual este juzgado declara IMPROCEDENTE la aclaratoria solicitada. En cuanto a la solicitud de ejecución de la sentencia definitiva; este tribunal declara que se encuentra definitivamente firme, por lo que se decreta su ejecución. A tales efectos, se le concede a la parte demandada, ciudadano JOSE GREGORIO ARNAL, titular de la Cédula de Identidad número V-8.679.506, un plazo de tres (03) días de despacho, para que cumpla con el dispositivo de la sentencia dictada en el presente juicio. En tal sentido, deberá desalojar y entregar a la parte actora, ciudadanos ANTONIO CARRILLO y LEOPOLDINA BURGOS, dentro del plazo indicado, el bien inmueble arrendado, tipo local comercial ubicado en la planta baja de la casa Nº 20, ubicada en la carretera vieja Caracas Los Teques, barrio Corral de Piedra, parte baja, escalera Infante, manzana 62, Parroquia Macacao, Municipio libertador del Distrito Capital, en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.....
Juez/Ponente:
Zobeida Romero
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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N° Expediente : AP31-V-2013-000953 N° Sentencia : Fecha: 20/04/2015
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
ADMINISTRADORA TANGO A.L., C.A. VS COSITERÍAS DOÑA JULIA 2007, C.A.
Resumen:
Se dicto sentencia definitiva mediante el cual este juzgado declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpuso el abogado Leopoldo Micett Cabello, actuando como apoderado judicial de ADMINISTRADORA TANGO A.L., C.A., contra la sociedad mercantil COSITERÍAS DOÑA JULIA 2007, C.A.ciudadana NINOSKA QUIJADA, antes identificadas. En consecuencia, se declara resuelto el contrato de sub-arrendamiento celebrado entre las partes y autenticado ante la Notaría Pública Trigésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, el 3 de noviembre de 2010, inserto bajo el N° 50, Tomo 25 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría. Se condena a la demandada, a cumplir con lo siguiente: PRIMERO: Entregar a la parte actora los inmuebles arrendados, constituidos por dos (2) locales comerciales distinguidos con los números 26 y 27, ubicados en la planta mezzanina del edificio "J.A.", actualmente "CENTRO COMERCIAL LIBERTY CENTER", situado.....
Juez/Ponente:
Zobeida Romero
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
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