Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por autoridad de la Ley declara: UNICO: CON LUGAR la inhibición planteada por el Dr. Asdrúbal Salazar, en su carácter de Juez Primero (1º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Juan Luis Nogales Macuare contra la Sociedad Mercantil Central Madeirense, C.A.