Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por la ciudadana GIOVANNA YTAMARA SIMANCAS CONTRERAS.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos GIOVANNA YTAMARA SIMANCAS CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.061.010, y RAFAEL GUEVARA GUTIERREZ, de nacionalidad Cubana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº E-84.592.670 y pasaporte Nº E111284, contraído en fecha 09 de noviembre de 2012, po.....