CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio, presentada por los ciudadanos LUIS RAFAEL PEREIRA BERTI y MARIA GABRIELA REJÓN GARCÍA, ya identificados, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día dieciocho (18) de abril de 2015, por ante el Registró Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda , inserta bajo el Acta de Matrimonio número 188, del libro de Matrimonio uno (01) del año 2015