Este JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de las partes en la prosecución del presente proceso de COBRO DE BOLÍVARES incoada el 04 de mayo de 1999 por el BANCO VENEZUELA, S.A.C.A., contra LICORERÍA Y BODEGON OASIS, C.A., en la persona de su representante legal ciudadana MARYANGEL GARCÍA DE GARCÍA y FÉLIX GARCÍA. SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil....