Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 21/02/2022

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 [Total de sentencias: 23] Página 3 de 3
N° Expediente : AP31V2021000253 N° Sentencia : PJ0062022000010 Fecha: 21/02/2022
Procedimiento:
Prescripcion De Derecho
Partes:
ALEJANDRA ASTRID HIDALGO VS. SOCIEDAD MERCANTIL NOGUERA REYES C.A.
Resumen:
Por todas las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda incoada por ALEJANDRA ASTRID HIDALGO contra la sociedad mercantil NOGUERA REYES C.A., ambas partes suficientemente identificadas en el texto del presente fallo. En consecuencia, se declara (i) LA PRESCRIPCIÓN de la obligación asumida por AGUSTÍN GÓMEZ MARÍN mediante documento protocolizado ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Bolivariano Miranda, en fecha 25 de junio de 1974, bajo el N° 46, Tomo 63, del Protocolo Primero; y por vía de consecuencia (ii) la EXTINCIÓN de la hipoteca de segundo grado constituida a través del mismo documento sobre un apartamento destinado a vivienda, distinguido con el número ochenta y uno (81), ubicado en el.....
Juez/Ponente:
Jenny Mercedes Gonzalez Franquis
Organo:
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.
arriba

N° Expediente : AP11-V-2012-000143 N° Sentencia : Fecha: 21/02/2022
Procedimiento:
Acción Reivindicatoria
Partes:
PARTE ACTORA: IMELDA PARDI DE AZPURUA Y HUMBERTO JOSE AZPURUA PARDI PARTE DEMANDADA: 1) ADELA INTERNATIONAL FINANCING COMPANY, S.A., 2) INVERSIONES 1423 C.A.,3) Y LOS CIUDADANOS MATTA NADAF NADAF Y TAGHRID ABDULLAH DE NADAF
Resumen:
Ahora bien, evidenciándose en el caso que nos ocupa que el suscitado plazo de seis (06) meses comenzó a transcurrir el día 02/12/2013 (fecha en la cual este Tribunal paralizo la causa con motivo del fallecimiento de la parte accionante), en consecuencia, el fenecimiento del lapso en cuestión tendría lugar el día dos de junio de dos mil catorce (2014), es decir, el transcurso integro de los seis meses de Ley sería el día 02/06/2014. En ese orden de ideas se evidencia que antes del vencimiento del plazo de seis meses, la apoderada judicial del Tercero Adherido presentó diligencia en fecha 28/05/2014, mediante la cual solicitó fueran librados nuevamente los Edictos, en aras de lograr la citación de los Herederos Conocidos y Desconocidos del de cujus HUMBERTO FELIPE AZPURUA GASPERI (+); interrumpiendo de esta manera la perención consagrada en el ordinal tercero (3º) del artículo 267 de nuestra Ley Adjetiva Civil y; en consecuencia, es forzoso para esta Juzgadora NEGAR lo peticionado por.....
Juez/Ponente:
Anabel Gonzalez Gonzalez
Organo:
Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

N° Expediente : AP11-V-2012-000143 N° Sentencia : Fecha: 21/02/2022
Procedimiento:
Acción Reivindicatoria
Partes:
PARTE ACTORA: IMELDA PARDI DE AZPURUA Y HUMBERTO JOSE AZPURUA PARDI PARTE DEMANDADA: 1) ADELA INTERNATIONAL FINANCING COMPANY, S.A, 2) INVERSIONES 1423 C.A.,3) Y LOS CIUDADANOS MATTA NADAF NADAF Y TAGHRID ABDULLAH DE NADAF
Resumen:
Al respecto, siendo que en el caso que nos ocupa el fraude procesal alegado se subsume en la falsa representación ejercida por la abogada EUGENIA BULGARIS, fundamento que ya fue decidido por este Órgano Jurisdiccional. Ante lo cual, mal podría esta Juzgadora ordenar la apertura del cuaderno correspondiente para la tramitación del Fraude Procesal, cuando el fondo del mismo ya fue decidido. Igualmente, cabe destacar que el escrito mediante el cual se promueva un Fraude Procesal debe contener los elementos señalados en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, los cuales fueron omitidos por la parte codemandada. En consecuencia, en vista de todo lo antes argumentado esta Juzgadora declara IMPROCEDENTE el denuncia de fraude procesal interpuesto por el apoderado judicial de la parte codemandada mediante escrito de fecha 15/04/2021. Así se decide.-
Juez/Ponente:
Anabel Gonzalez Gonzalez
Organo:
Juzgado Duodecimo Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados