Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes entre los ciudadanos HENCAR EDUARDO CASTELLANO MOLINA y VERONICA CAROLINA BORGIA RAUSSEO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V.- 15.394.558 y V-17.392.533, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Acevedo del Estado Miranda, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 17, consignada por los solicitantes.