Se dictó decisión mediante la cual se Declaró la Nulidad de la actuación realizada del día veinte (20) de febrero de 2015, la cual riela a partir del folio doscientos diecisiete (217), hasta el folio doscientos dieciocho (218), ambos inclusive. Asimismo, se Declaró la Reposición de la causa al estado en que el ciudadano JOSE MANUEL MORENO GALINDO, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 72.950, actuando en su carácter de defensor ad-litem de la Sociedad Mercantil COMUNICACIONES P & B, proceda a dar contestación a la demanda, tal y como lo dispone el artículos 881 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.